Prohibición de Procesamiento de Inmigración para 39 Países
Información sobre el Litigio Federal
Si usted es ciudadano por nacimiento de uno de los países afectados y tiene un caso de inmigración pendiente, podría ser elegible para unirse a una demanda federal que busca reanudar el procesamiento de inmigración.
¿Nació en uno de los países afectados?
Si usted es ciudadano por nacimiento de uno de los países afectados y tiene un caso de inmigración pendiente, puede ser elegible para unirse a una demanda federal que busca reanudar el procesamiento de inmigración.
Fecha límite para participar: 20 de marzo de 2026
Aviso Importante
Canero Fadul Reis Law (CFR Law) no está involucrado en este litigio y no recibe compensación por compartir esta información.
Esta página se proporciona únicamente con fines informativos para los clientes. Si decide participar, IMMpact Litigation será quien lo represente en esta demanda.
¿Qué es la prohibición de procesamiento para 39 países?
La Casa Blanca, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y el Departamento de Estado anunciaron una política que resulta en una suspensión total del procesamiento de inmigración que afecta a personas de ciertos países.
Esto impacta la posibilidad de:
• Entrar a los Estados Unidos
• Obtener una visa estadounidense en el extranjero
• Recibir beneficios de inmigración a través de USCIS
¿Qué impugna la demanda?
La demanda impugna:
• Las prohibiciones de viaje de junio y diciembre de 2025
• La implementación por parte del DHS (USCIS) y el Departamento de Estado de la prohibición de entrada, emisión de visas y solicitudes de beneficios de inmigración
• La orientación relacionada, incluyendo la alerta de política (27 de noviembre de 2025) y el memorando de política (2 de diciembre de 2025)
La demanda buscará una medida cautelar preliminar para impulsar la reanudación del procesamiento lo más pronto posible.
¿Quiénes pueden ser elegibles para unirse?
Usted puede calificar si:
• Es ciudadano por nacimiento de uno de los 39 países afectados (o posee documentos de viaje emitidos por la Autoridad Palestina), y
• Tiene alguna solicitud o petición de inmigración pendiente ante USCIS o el Departamento de Estado.
¿Qué casos pueden verse afectados por la prohibición?
Esta política se describe como una medida que afecta TODO el procesamiento de USCIS y TODA la emisión de visas en el extranjero, incluyendo, entre otros:
• I-130, I-485
• I-129, I-140
• I-90, I-131, I-765
• I-129F
• N-400
…y otras solicitudes de inmigración.
Lista de países afectados
Afganistán, Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Burkina Faso, Birmania (Myanmar), Burundi, Chad, Costa de Marfil, Cuba, Dominica, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Gabón, Haití, Irán, Laos, Libia, Malawi, Malí, Mauritania, Níger, Nigeria, República del Congo, Senegal, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, Tanzania, Gambia, Togo, Tonga, Turkmenistán, Venezuela, Yemen, Zambia, Zimbabue y personas que posean documentos de viaje emitidos por la Autoridad Palestina.
Costo para participar
$2,500 por solicitante (tarifa única).
No se esperan honorarios adicionales de abogados ni costos adicionales durante la fase ante el Tribunal de Distrito.
El pago no es reembolsable una vez que el caso haya sido presentado.
Métodos de pago: tarjeta de crédito o eCheck (según la política de IMMpact).
Cómo participar (3 pasos)
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Revise las preguntas frecuentes (FAQ) para confirmar que califica y comprender el proceso.
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Complete la carta de contratación en línea y el generador de declaración.
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Realice el pago de la tarifa de participación.
*CFR Law no está afiliado con IMMpact Litigation y no brinda asesoría legal con respecto a esta demanda. La participación es voluntaria. Para preguntas sobre elegibilidad, riesgos o estrategia del litigio, por favor consulte los materiales oficiales de IMMpact.