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Grupo de personas que tienen una reunión de negocios.

Basado en Empleo

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Primera Preferencia de Empleo (EB-1)

Hay varias formas de obtener una tarjeta verde. Puedes ser patrocinado por un familiar que ya sea ciudadano, o puedes invertir en un negocio o proyecto. Otra forma común es obtener una tarjeta de residencia basada en el empleo con el apoyo de su empleador. Estas visas permiten que personas de otros países trabajen en los EE. UU. de forma permanente si cumplen con las calificaciones laborales adecuadas.

Primera Preferencia de Empleo (EB-1)

Primera Preferencia de Empleo (EB-1)

EB1-A: Petición de Visa de Inmigrante con Capacidad Extraordinaria

Esta visa está diseñada para ciudadanos extranjeros que demuestren habilidades extraordinarias en diversos campos como ciencias, artes, educación, negocios o atletismo. A diferencia de otras categorías de preferencia, los solicitantes de EB1-A pueden presentar su propia solicitud sin necesidad de un posible empleador. Sin embargo, deben demostrar su intención de trabajar en los EE. UU. dentro de su campo y contribuir significativamente al país. Es imprescindible acreditar un reconocimiento nacional o internacional sostenido con logros reconocidos.

EB1-B: Profesores e investigadores destacados

Para ser elegible, los solicitantes deben exhibir reconocimiento internacional por logros sobresalientes en un campo académico específico y poseer un mínimo de tres años de experiencia docente o de investigación en esa área. Deben ingresar a los Estados Unidos para obtener un puesto permanente, un puesto docente permanente o un puesto de investigación comparable en una universidad o institución de educación superior. Además, se requiere una oferta de trabajo de una universidad, institución de educación superior o un departamento, división o instituto de un empleador privado relevante.

EB1-C: Gerente Multinacional o Visa de Inmigrante Ejecutiva

Esta visa, comúnmente conocida como Gerente Multinacional o Visa de Inmigrante Ejecutivo, permite a las personas trabajar en capacidad gerencial o ejecutiva en una sucursal, matriz, filial o subsidiaria de su empleador extranjero actual. Para calificar, el solicitante debe haber estado empleado por el mismo empleador en el extranjero de manera continua durante al menos un año dentro de los tres años anteriores a la petición (o la admisión legal de no inmigrante más reciente si ya trabaja para el empleador solicitante de los EE. UU.).

Segunda Preferencia de Empleo (EB-2)

A los profesionales con títulos avanzados o habilidades excepcionales en las artes, las ciencias o los negocios se les asigna el 28,6% del límite mundial anual, además de cualquier visa de Primera Preferencia de Empleo no utilizada.

Los solicitantes deben poseer una certificación laboral aprobada por el Departamento de Trabajo (DOL), designación del Anexo A o puede solicitar una exención de interés nacional (NIW) por propia petición. Los solicitantes pueden solicitar la exención de la oferta de trabajo y la certificación laboral si es de interés nacional. En tales casos, el solicitante podrá presentar el Formulario I-140 junto con evidencia de interés nacional.

Exención de interés nacional (NIW) EB-2

Además, los solicitantes pueden solicitar la Exención de Interés Nacional (NIW) EB-2. Esta exención permite eludir la Certificación Laboral PERM y los requisitos de oferta de trabajo, lo que permite la autopetición. Sin embargo, los solicitantes deben demostrar que su trabajo beneficia significativamente a la nación, lo que justifica que USCIS renuncie al PERM y a los requisitos de oferta de trabajo.

Certificación Laboral de Tarjeta Verde basada en Empleo (PERM)

Un paso muy importante en casi todos los procesos de tarjeta de residencia basado en el empleo es que un empleador obtenga una Certificación Laboral PERM en su nombre. Este es un procedimiento que implica que su empleador pase por un extenso proceso de contratación para garantizar que no desplace a ningún trabajador estadounidense calificado.


Su empleador primero deberá presentar una solicitud para que se determine el salario prevaleciente para su puesto de acuerdo con la ubicación y otros empleados similares. Una vez recibida esa determinación, su empleador deberá publicar tres tipos de anuncios:


Orden de trabajo: debe tener una duración mínima de treinta días.
Anuncios en periódicos: deben estar en un periódico de alta circulación en dos domingos separados.
Si es un puesto profesional, tres anuncios adicionales publicados en áreas como Internet, radio o campus universitarios.

Una vez que los anuncios hayan seguido su curso, se deben dar treinta días para que los posibles solicitantes respondan. Durante este tiempo, su empleador debe considerar los candidatos calificados y dar los motivos del rechazo de cada uno.


Si ningún candidato ocupa el puesto, entonces su empleador debe presentar un formulario ETA-9089 ante el Departamento de Trabajo. Durante este paso, siempre existe la posibilidad de que su empleador sea auditado de forma aleatoria o mediante un proceso específico.


Una vez que se apruebe el ETA-9089 y se reciba la Certificación Laboral PERM, puede comenzar el proceso de solicitud de su tarjeta de residencia basada en empleo.

Tenga en cuenta que el PERM no es necesario para las tarjetas verdes EB-1 ni para la exención de interés nacional EB-2.

Tercera Preferencia de Empleo (EB-3)

Profesionales : son personas cuyo trabajo requiere al menos una licenciatura estadounidense o un título extranjero equivalente y son miembros de las profesiones.

Trabajadores calificados: son personas cuyos puestos de trabajo requieren un mínimo de 2 años de formación o experiencia, no de carácter temporal o estacional. El trabajador calificado debe cumplir con los requisitos educativos, de capacitación o de experiencia de la oportunidad laboral. La educación postsecundaria pertinente puede considerarse formación.

Otros trabajadores: la subcategoría es para personas que realizan trabajos no calificados que requieren menos de 2 años de capacitación o experiencia, no de carácter temporal o estacional.

Empleo Cuarta Preferencia (EB-4)

• Empleados en los EE. UU. empleados por la Oficina Internacional de Radiodifusión de la Junta de Gobernadores de Radiodifusión o un beneficiario de dicha organización.
• Ministros de Religión.
• Empleados Específicos o Ex Empleados del Gobierno de los Estados Unidos en el Extranjero.
• Empleados de la Misión en Hong Kong.
• Ex Empleados de la Compañía del Canal de Panamá o del Gobierno de la Zona del Canal.
• Ex Empleados del Gobierno de Estados Unidos en la Zona del Canal de Panamá.
• Ciertas personas que sirvieron como intérpretes o traductores para las fuerzas armadas de los Estados Unidos o bajo la autoridad de Jefe de Misión en Irak o Afganistán.

Empleo Cuarta Preferencia (EB-4)

• Empleados en los EE. UU. empleados por la Oficina Internacional de Radiodifusión de la Junta de Gobernadores de Radiodifusión o un beneficiario de dicha organización.
• Ministros de Religión.
• Empleados Específicos o Ex Empleados del Gobierno de los Estados Unidos en el Extranjero.
• Empleados de la Misión en Hong Kong.
• Ex Empleados de la Compañía del Canal de Panamá o del Gobierno de la Zona del Canal.
• Ex Empleados del Gobierno de Estados Unidos en la Zona del Canal de Panamá.
• Ciertas personas que sirvieron como intérpretes o traductores para las fuerzas armadas de los Estados Unidos o bajo la autoridad de Jefe de Misión en Irak o Afganistán.

Primera Preferencia de Empleo (EB-1)

Empleo Cuarta Preferencia (EB-4)

Empleo Cuarta Preferencia (EB-4)

• Empleados en los EE. UU. empleados por la Oficina Internacional de Radiodifusión de la Junta de Gobernadores de Radiodifusión o un beneficiario de dicha organización.
• Ministros de Religión.
• Empleados Específicos o Ex Empleados del Gobierno de los Estados Unidos en el Extranjero.
• Empleados de la Misión en Hong Kong.
• Ex Empleados de la Compañía del Canal de Panamá o del Gobierno de la Zona del Canal.
• Ex Empleados del Gobierno de Estados Unidos en la Zona del Canal de Panamá.
• Ciertas personas que sirvieron como intérpretes o traductores para las fuerzas armadas de los Estados Unidos o bajo la autoridad de Jefe de Misión en Irak o Afganistán.

Empleo Cuarta Preferencia (EB-4)

• Empleados en los EE. UU. empleados por la Oficina Internacional de Radiodifusión de la Junta de Gobernadores de Radiodifusión o un beneficiario de dicha organización.
• Ministros de Religión.
• Empleados Específicos o Ex Empleados del Gobierno de los Estados Unidos en el Extranjero.
• Empleados de la Misión en Hong Kong.
• Ex Empleados de la Compañía del Canal de Panamá o del Gobierno de la Zona del Canal.
• Ex Empleados del Gobierno de Estados Unidos en la Zona del Canal de Panamá.
• Ciertas personas que sirvieron como intérpretes o traductores para las fuerzas armadas de los Estados Unidos o bajo la autoridad de Jefe de Misión en Irak o Afganistán.

Empleo Cuarta Preferencia (EB-4)

• Empleados en los EE. UU. empleados por la Oficina Internacional de Radiodifusión de la Junta de Gobernadores de Radiodifusión o un beneficiario de dicha organización.
• Ministros de Religión.
• Empleados Específicos o Ex Empleados del Gobierno de los Estados Unidos en el Extranjero.
• Empleados de la Misión en Hong Kong.
• Ex Empleados de la Compañía del Canal de Panamá o del Gobierno de la Zona del Canal.
• Ex Empleados del Gobierno de Estados Unidos en la Zona del Canal de Panamá.
• Ciertas personas que sirvieron como intérpretes o traductores para las fuerzas armadas de los Estados Unidos o bajo la autoridad de Jefe de Misión en Irak o Afganistán.

Empleo Cuarta Preferencia (EB-4)

• Empleados en los EE. UU. empleados por la Oficina Internacional de Radiodifusión de la Junta de Gobernadores de Radiodifusión o un beneficiario de dicha organización.
• Ministros de Religión.
• Empleados Específicos o Ex Empleados del Gobierno de los Estados Unidos en el Extranjero.
• Empleados de la Misión en Hong Kong.
• Ex Empleados de la Compañía del Canal de Panamá o del Gobierno de la Zona del Canal.
• Ex Empleados del Gobierno de Estados Unidos en la Zona del Canal de Panamá.
• Ciertas personas que sirvieron como intérpretes o traductores para las fuerzas armadas de los Estados Unidos o bajo la autoridad de Jefe de Misión en Irak o Afganistán.

Primera Preferencia de Empleo (EB-1)

Empleo Cuarta Preferencia (EB-4)

• Empleados en los EE. UU. empleados por la Oficina Internacional de Radiodifusión de la Junta de Gobernadores de Radiodifusión o un beneficiario de dicha organización.
• Ministros de Religión.
• Empleados Específicos o Ex Empleados del Gobierno de los Estados Unidos en el Extranjero.
• Empleados de la Misión en Hong Kong.
• Ex Empleados de la Compañía del Canal de Panamá o del Gobierno de la Zona del Canal.
• Ex Empleados del Gobierno de Estados Unidos en la Zona del Canal de Panamá.
• Ciertas personas que sirvieron como intérpretes o traductores para las fuerzas armadas de los Estados Unidos o bajo la autoridad de Jefe de Misión en Irak o Afganistán.

Cómo pueden ayudar los abogados de Canero Fadul Reis Law

Navegar por las diversas vías para obtener la residencia permanente legal a través de una tarjeta de residencia basada en el empleo puede ser complejo. Identificar el camino adecuado, evaluar la elegibilidad y seguir con éxito los pasos necesarios puede plantear desafíos importantes sin la guía de un abogado experto en tarjetas de residencia.


Canero Fadul Reis Law, con sede en Miami, Florida, se erige como una firma de inmigración de primer nivel que se especializa en asuntos laborales, familiares y de inmigración humanitaria. Con una experiencia colectiva de más de 25 años, nuestra firma se ha ganado una reputación por su profundo conocimiento y firme dedicación a los temas de inmigración.


Nuestros abogados de inmigración en Canero Fadul Reis Law poseen amplia experiencia en facilitar el proceso de inmigración para personas elegibles que buscan establecer residencia en los Estados Unidos a través del empleo. Manejamos todos los aspectos del proceso, desde alinear las calificaciones con la categoría de tarjeta de residencia adecuada hasta la presentación de peticiones y abordar de manera competente cualquier obstáculo que pueda surgir.


Respaldados por un equipo de profesionales, estamos comprometidos a lograr resultados favorables para nuestros clientes, brindándoles orientación experta y apoyo compasivo durante todo su viaje de inmigración. Si está listo para emprender el camino hacia la obtención de una tarjeta verde, lo invitamos a programar una consulta con uno de nuestros abogados de inmigración en Canero Fadul Reis Law completando un breve formulario.

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La disponibilidad anual de tarjetas verdes por categoría y país es limitada. Las categorías con exceso de suscripción crean retrasos y USCIS procesa las peticiones cronológicamente. Las fechas de prioridad son cruciales y algunas categorías pueden implicar tiempos de espera de años. Consulte el boletín mensual de visas para obtener actualizaciones.

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