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USCIS Está Emitiendo RFEs con Plazos de 30 Días: Lo que Debe Saber Sobre su Caso

Foto del escritor: Canero Fadul Reis Law
Canero Fadul Reis Law
4 sept
4 min de lectura
USCIS Request for Evidence notice beside a calendar highlighting a 30-day deadline, representing shortened RFE response periods for immigration cases.


USCIS Acorta los Plazos para Responder a RFEs a Partir de Agosto de 2026


Si usted o un familiar tiene un caso pendiente ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), una notificación que reciba en los próximos meses podría darle mucho menos tiempo para responder que en el pasado. Tras las directrices emitidas por USCIS el 5 de agosto de 2026, abogados de inmigración en todo el país están viendo Solicitudes de Evidencia (Requests for Evidence o RFEs) con plazos de respuesta de tan solo 30 días — un cambio significativo frente al período de 84 días (12 semanas) que ha sido el estándar durante años. Si una notificación llega a su buzón o a su cuenta en línea de USCIS, el tiempo ya está corriendo.


Qué Cambió — y Qué No


Las nuevas directrices de USCIS colocan directamente sobre los solicitantes y peticionarios la responsabilidad de demostrar su elegibilidad al momento de presentar el caso y mantener esa elegibilidad hasta que se tome una decisión. De este cambio se derivan dos consecuencias prácticas:


USCIS ahora está ejerciendo su discreción para establecer plazos de respuesta a RFEs de tan solo 30 días, en lugar de los tradicionales 84 días, en casos en los que los oficiales consideran que corresponde. Esto todavía no es una regla universal aplicada a todos los RFEs — pero está ocurriendo con suficiente frecuencia como para que ningún solicitante deba asumir que recibirá el plazo anterior.


USCIS también ha restablecido su autoridad para denegar un caso directamente — sin emitir primero un RFE o una Notificación de Intención de Denegación (Notice of Intent to Deny o NOID) — cuando falta evidencia inicial requerida o cuando lo presentado no demuestra elegibilidad. En otras palabras, ya no se puede contar con un RFE como una segunda oportunidad incorporada al proceso para completar una solicitud.


Las Extensiones Ya No Son la Red de Seguridad que Podían Parecer


De acuerdo con la política de USCIS, generalmente no se conceden extensiones para responder a un RFE. La fecha indicada en la notificación es la fecha que importa. No cumplir con el plazo — incluso por un solo día, incluso porque la respuesta todavía estaba siendo preparada — puede resultar en una denegación basada en el expediente tal como se encontraba cuando venció el plazo.


Qué Hacer en el Momento en que Reciba un RFE


  • Revise primero la fecha límite. Los plazos de los RFEs y NOIDs normalmente se calculan a partir de la fecha indicada en la notificación, no de la fecha en que usted abre el sobre o consulta el mensaje en su cuenta en línea — por lo tanto, no espere para revisarlo.

  • Reúna inmediatamente la lista completa de evidencia. Un plazo de 30 días deja poco margen para localizar documentos, solicitar registros a terceros (empleadores, universidades, agencias gubernamentales extranjeras) o programar un nuevo examen médico.

  • Presente la respuesta a través del canal correcto, antes de la fecha límite, no el mismo día. Las respuestas enviadas por correo necesitan suficiente tiempo para llegar; las respuestas en línea también deben presentarse con suficiente anticipación al plazo.

  • No asuma que podrá obtener una extensión. Prepare su respuesta como si la fecha impresa fuera definitiva porque, para efectos prácticos, lo es.


Una Nota Sobre Plazos, Honorarios y Representación


Debido a que estos plazos reducidos dejan muy poco margen, el tiempo es fundamental. Si recibe un RFE o NOID relacionado con un asunto que CFR Law está manejando para usted, comuníquese con nuestra oficina el mismo día que reciba la notificación — no durante la semana en que vence el plazo.


Preparar una respuesta completa y conforme a los requisitos dentro de un plazo de 30 días (o menos) puede requerir trabajo acelerado por parte de abogados y paralegales, lo que podría implicar honorarios adicionales de acuerdo con los términos de su contrato de representación; siempre hablaremos con usted sobre cualquier honorario adicional antes de comenzar el trabajo.


Si actualmente CFR Law no lo representa en el asunto específico indicado en su notificación, no podemos responder a USCIS en su nombre hasta que exista formalmente una relación de representación — por lo tanto, comuníquese con nosotros de inmediato para conversar sobre la contratación de nuestros servicios en lugar de esperar hasta que se acerque la fecha límite.


Estos plazos más cortos están cambiando la manera en que deben prepararse y manejarse todos los casos migratorios, no solamente la manera en que se responden los RFEs.


¿Recibió una notificación con un plazo corto o tiene preguntas sobre cómo estos cambios pueden afectar un caso pendiente? Los abogados de inmigración de CFR Law pueden revisar su notificación y ayudarle a responder correctamente y a tiempo.



Esta publicación tiene únicamente fines informativos y no constituye asesoría legal. Las leyes de inmigración cambian con frecuencia y los resultados dependen de las circunstancias individuales — consulte con un abogado autorizado sobre su caso específico.


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